+26. A los efectos del párrafo 21(d), las entidades analizarán si, durante el periodo histórico de …
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26. A los efectos del párrafo 21(d), las entidades analizarán si, durante el periodo histórico de …
A los efectos del párrafo 21(d), las entidades analizarán si, durante el periodo histórico de observación pertinente, hubo cambios significativos en sus criterios de concesión de préstamos - o políticas de recuperación o en el entorno jurídico correspondiente, como cambios en la legislación sobre insolvencias, procedimientos de ejecución hipotecaria y cualquier normativa legal relacionada con la ejecución de garantías reales, que pueden afectar al nivel de riesgo o a la distribución o los rangos de las características de riesgo en la cartera cubierta por el modelo considerado. Cuando las entidades observen dichos cambios, compararán los datos incluidos en el RDS antes y después del cambio de la política. Las entidades garantizarán la comparabilidad de los actuales criterios de concesión o recuperación con los aplicados en las observaciones incluidas en el RDS y utilizadas para el desarrollo del modelo.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
| Fuente |
Requisito |
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