+73. Para calcular la tasa de default a un año definida en el artículo 4, apartado 1, punto 78), del …
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73. Para calcular la tasa de default a un año definida en el artículo 4, apartado 1, punto 78), del …
Para calcular la tasa de default a un año definida en el artículo 4, apartado 1, punto 78), del Reglamento (UE) n. o 575/2013, las entidades se asegurarán de: - (a) que el denominador esté compuesto por el número de deudores con cualquier obligación crediticia que no se encuentren en default al inicio del periodo de observación anual; en este contexto, una obligación crediticia se refiere a lo siguiente:
- (i) cualquier partida del balance, incluidos los importes de principal, intereses y comisiones;
- (ii) cualquier partida fuera de balance, incluidos las garantías personales emitidas por la entidad en calidad de garante.
- (b) que el numerador incluya todos los deudores considerados en el denominador que tuvieran al menos un evento de default durante el periodo de observación anual.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
| Fuente |
Requisito |
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