+100. Las entidades que hayan recibido la autorización para utilizar estimaciones propias de LGD …

100. Las entidades que hayan recibido la autorización para utilizar estimaciones propias de LGD …

Las entidades que hayan recibido la autorización para utilizar estimaciones propias de LGD conforme al artículo 143, apartado 2, del Reglamento (UE) n. o 575/2013 asignarán una estimación de la LGD a cada exposición que no se encuentre en default y una estimación de la LGD en default y la EL BE a cada exposición en default dentro del ámbito de aplicación del sistema de rating sujeto a dicha autorización conforme a los artículos 172 y 173 del Reglamento (UE)

  • n. o 575/2013. Las entidades estimarán LGD para todos los grados de operaciones de las distintas escalas de rating de operaciones o para todos los conjuntos que se incorporen al sistema de rating . A los efectos de la estimación de la LGD, las entidades tratarán cada operación en default como una observación diferente de default , a menos que se haya reconocido más de un default independiente en una misma operación que no cumpla con las condiciones del párrafo 101.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito
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