+6.3.1.3 Discounting rate
---+143. A efectos del cálculo de la pérdida económica, de conformidad con el artículo 5, punto 2), del …

6.3.1.3 Discounting rate

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1. Resumen

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Título Regulación
143. A efectos del cálculo de la pérdida económica, de conformidad con el artículo 5, punto 2), del …

A efectos del cálculo de la pérdida económica, de conformidad con el artículo 5, punto 2), del Reglamento (UE) n.º 575/2013, las entidades descontarán todas las recuperaciones, costes y disposiciones adicionales después del momento del default utilizando una tasa de descuento anual compuesta por una tasa de oferta interbancaria principal aplicable en el momento del default , incrementada por un recargo de 5 puntos porcentuales. A tal efecto, se considerará que la principal tasa de oferta interbancaria es el EURIBOR a tres meses o un tipo de interés líquido similar en la divisa de la exposición.

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito
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