+213. A los efectos de añadir cualquier exceso IRB al capital de nivel 2 de conformidad con el …
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213. A los efectos de añadir cualquier exceso IRB al capital de nivel 2 de conformidad con el …
A los efectos de añadir cualquier exceso IRB al capital de nivel 2 de conformidad con el artículo 62, letra d), del Reglamento (UE) n.º 575/2013, cuando el cálculo mencionado en el artículo 159 de dicho Reglamento dé como resultado un exceso IRB tanto para la cartera en default como para la que no está en default , la suma de ambos excesos de IRB se tendrá en cuenta y se añadirá al capital de nivel 2 de conformidad con el límite mencionado en el artículo 62, letra d), del Reglamento (UE) n.º 575/2013.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
| Fuente |
Requisito |
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