+220. A los efectos del desempeño de las tareas mencionadas en el artículo 190, apartado 2, del …
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220. A los efectos del desempeño de las tareas mencionadas en el artículo 190, apartado 2, del …
A los efectos del desempeño de las tareas mencionadas en el artículo 190, apartado 2, del Reglamento (UE) n.º 575/2013, las entidades definirán un ciclo regular para la revisión completa de los sistemas de rating teniendo en cuenta su materialidad, y cubriendo todos los aspectos del desarrollo del modelo, la cuantificación de los parámetros de riesgo y, en su caso, la estimación de los componentes del modelo. Esta revisión incluirá lo siguiente: - (a) una revisión de los factores de riesgo existentes y potenciales y una valoración de su importancia basándose en las normas predefinidas para la revisión que se mencionan en el párrafo 217;
- (b) una valoración del enfoque de modelización, su solidez conceptual, el cumplimiento de los supuestos de modelización y los enfoques alternativos.
Cuando los resultados de esta revisión recomienden cambiar el diseño del modelo, se tomarán medidas adecuadas basadas en los resultados de este análisis.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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