+10. A efectos del artículo 20, apartado 1, del Reglamento (UE) 2017/2402 y con el fin de …
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10. A efectos del artículo 20, apartado 1, del Reglamento (UE) 2017/2402 y con el fin de …
A efectos del artículo 20, apartado 1, del Reglamento (UE) 2017/2402 y con el fin de fundamentar la confianza de terceros, incluidos terceros que verifiquen el cumplimiento simple, transparente y normalizado (STS, por sus siglas en inglés) de conformidad con el artículo 28 de dicho Reglamento y las autoridades competentes, para cumplir los requisitos indicados en el mismo, se deberán proporcionar todos los elementos que se indican a continuación: - (a) confirmación de la venta verdadera o confirmación de que, en virtud del marco nacional aplicable, la asignación o transferencia segrega las exposiciones subyacentes del vendedor, sus acreedores y sus liquidadores, incluso en caso de insolvencia del vendedor, con el mismo efecto legal que el obtenido mediante una venta verdadera;
- (b) confirmación de la exigibilidad de la venta verdadera, asignación o transferencia con el mismo efecto legal que se indica en la letra a) frente al vendedor o cualquier tercero, en virtud del marco jurídico nacional aplicable;
- (c) evaluación de los riesgos rescisorios y riesgos de «recalificación».
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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