+53. Cuando la mitigación de los riesgos de tipo de interés y de tipo de cambio que se indica en el …
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53. Cuando la mitigación de los riesgos de tipo de interés y de tipo de cambio que se indica en el …
Cuando la mitigación de los riesgos de tipo de interés y de tipo de cambio que se indica en el artículo 21, apartado 2, del Reglamento (UE) 2017/2402 no se lleve a cabo a través de derivados, sino mediante otras medidas de mitigación de riesgos, dichas medidas estarán concebidas para resultar lo suficientemente sólidas. Cuando dichas medidas de mitigación de riesgos se usen para mitigar múltiples riesgos al mismo tiempo, la divulgación requerida en el artículo 21, apartado 2, del Reglamento (UE) 2017/2402 deberá incluir una explicación indicando cómo las medidas cubren los riesgos de tipo de interés y de tipo de cambio, por un lado, y otros riesgos, por otro.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
| Fuente |
Requisito |
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