+213. Al término del proceso de valoración, las entidades se asegurarán de que han obtenido, para …

213. Al término del proceso de valoración, las entidades se asegurarán de que han obtenido, para …

Al término del proceso de valoración, las entidades se asegurarán de que han obtenido, para cada garantía real sobre bienes inmuebles, un informe de tasación claro y transparente en el que se documenten todos los elementos y parámetros que determinen el valor de la garantía real, incluida toda la información necesaria y suficiente para una fácil comprensión de estos elementos y parámetros, en particular:

  • a. el valor de referencia de la garantía real;
  • b. los enfoques, la metodología y los parámetros e hipótesis clave utilizados para calcular el valor de tasación;
  • c. una descripción de la garantía real, incluido su uso actual o sus múltiples usos, si procede, así como del tipo y calidad del inmueble, indicando su antigüedad y su estado de conservación;
  • d. una descripción de la ubicación de la garantía real, las condiciones imperantes en el mercado local y su grado de liquidez;
  • e. las características jurídicas y reales de la garantía real;
  • f. cualquier circunstancia conocida que pueda afectar al valor de la garantía real a corto plazo, señalando y comentando cualquier cuestión que afecte al grado de certeza o incertidumbre.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito
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