+138. En particular, los procedimientos de alerta interna deberían: a. estar documentados (p. ej. …
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138. En particular, los procedimientos de alerta interna deberían: a. estar documentados (p. ej. …
En particular, los procedimientos de alerta interna deberían: - a. estar documentados (p. ej., manuales para el personal);
- b. establecer normas claras que garanticen que la información sobre los denunciantes y los denunciados y la infracción se traten de forma confidencial, de conformidad con el Reglamento (UE) 2016/679, a menos que se exija su divulgación en virtud de la legislación nacional en el contexto de nuevas investigaciones o procedimientos judiciales posteriores;
- c. proteger al personal que eleva su preocupación de ser victimizado por haber revelado infracciones susceptibles de ser comunicadas;
- d. asegurarse de que las infracciones potenciales o reales denunciadas se analizan y se elevan, incluyendo, según sea el caso, a la autoridad competente o a las fuerzas y cuerpos de seguridad;
- e. en la medida de lo posible, asegurar que el personal que haya denunciado infracciones potenciales o reales reciba una confirmación de que la información ha sido recibida;
- f. garantizar el seguimiento del resultado de una investigación sobre una infracción denunciada, y
- g. asegurar que se llevan los registros apropiados.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
| Fuente |
Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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