+149. Al evaluar la idoneidad del órgano de administración en su conjunto, las entidades evaluarán …

149. Al evaluar la idoneidad del órgano de administración en su conjunto, las entidades evaluarán …

Al evaluar la idoneidad del órgano de administración en su conjunto, las entidades evaluarán la composición del órgano de administración en sus funciones de dirección y de supervisión por separado. La evaluación de la idoneidad del órgano de administración en su conjunto deberá facilitar una comparación entre la composición real del órgano de administración y sus conocimientos, capacidades y experiencia conjuntos reales, y la idoneidad del órgano de administración en su conjunto requerida con arreglo al artículo 91, apartado 7, de la Directiva 2013/36/UE.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito
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