+30. En cualquier caso, el plazo para volver a cumplir los límites no será superior a un año. Con …
|
30. En cualquier caso, el plazo para volver a cumplir los límites no será superior a un año. Con …
En cualquier caso, el plazo para volver a cumplir los límites no será superior a un año. Con carácter excepcional, cuando las circunstancias concretas del incumplimiento y las medidas del plan de cumplimiento a las que hace referencia la sección 4.4 lo justifiquen, la autoridad competente podrá conceder un plazo superior a un año para subsanar el incumplimiento. No obstante, estos casos no deberán convertirse en la norma.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
| Fuente |
Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
| Fuente |
Requisito |
- EBA - Published by the European Banking Authority at https://www.eba.europa.eu/
|