+Objeto
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Objeto

Objeto

1. Resumen

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Título Regulación
5. Las presentes directrices especifican, de conformidad con el artículo 9, apartado 2, de la …

Las presentes directrices especifican, de conformidad con el artículo 9, apartado 2, de la Directiva 2014/59/UE P1F2 P , la lista mínima de indicadores cuantitativos y cualitativos de los planes de recuperación, que deben incluirse en los planes de recuperación elaborados y evaluados de conformidad con los artículos 5 a 9 de dicha Directiva, tal como se especifica en los artículos 3 a 21 del Reglamento Delegado (UE) 2016/1075 de la Comisión P2F3 P , los mecanismos adecuados para la monitorización regular de los indicadores, los puntos en los que pueden adoptarse las medidas oportunas previstas en los planes de recuperación, las medidas que deben adoptarse en relación con estos indicadores y cualquier condición necesaria para la aplicación del artículo 9, apartado 1, de la Directiva 2014/59/UE en relación con estos indicadores.


2 Directiva 2014/59/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de mayo de 2014, por la que se establece un marco para la recuperación y la resolución de entidades de crédito y empresas de servicios de inversión, y por la que se modifican la Directiva 82/891/CEE del Consejo, y las Directivas 2001/24/CE, 2002/47/CE, 2004/25/CE, 2005/56/CE, 2007/36/CE, 2011/35/UE, 2012/30/UE y 2013/36/UE, y los Reglamentos (UE) n.º 1093/2010 y (UE) n.º 648/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 173 de 12.6.2014, p. 190).

3 Reglamento Delegado (UE) 2016/1075 de la Comisión, de 23 de marzo de 2016, que completa la Directiva 2014/59/UE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a las normas técnicas de regulación que especifican el contenido de los planes de reestructuración, los planes de resolución y los planes de resolución de grupos, los criterios mínimos que la autoridad competente debe evaluar en lo que respecta a los planes de reestructuración y planes de reestructuración de grupos, las condiciones para la ayuda financiera de grupo, los requisitos relativos a los valoradores independientes, el reconocimiento contractual de las competencias de amortización y de conversión, el procedimiento en relación con los requisitos de notificación y el anuncio de suspensión y el contenido de los mismos, y el funcionamiento operativo de los colegios de autoridades de resolución (DO L 184 de 8.7.2016, p. 1).

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito
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