+64. Con vistas a agilizar la evaluación de conformidad con el artículo 8 bis , apartado 5, de la …
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64. Con vistas a agilizar la evaluación de conformidad con el artículo 8 bis , apartado 5, de la …
Con vistas a agilizar la evaluación de conformidad con el artículo 8 bis , apartado 5, de la DRC, las autoridades competentes cooperarán con la autoridad competente indicada en el artículo 67 de la Directiva 2014/65/UE (MiFID2). En particular, a efectos de realizar su propia valoración sobre el cumplimiento de las condiciones de autorización como entidad de crédito por parte del solicitante, las autoridades competentes tendrán en cuenta la evaluación proporcionada por la autoridad competente indicada en el artículo 67 de la MiFID2, relativa al cumplimiento continuo por parte del solicitante de las condiciones de autorización con arreglo a la MiFID.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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