+93. Las autoridades competentes llevarán a cabo una revisión cuantitativa del plan de negocio de la …

93. Las autoridades competentes llevarán a cabo una revisión cuantitativa del plan de negocio de la …

Las autoridades competentes llevarán a cabo una revisión cuantitativa del plan de negocio de la entidad de crédito solicitante, centrándose en las previsiones financieras presentadas, tanto para el caso base como para el escenario adverso, teniendo en cuenta la distribución geográfica, los tipos de actividades y la posición en el mercado a nivel individual y, en su caso, a nivel del grupo consolidado o subconsolidado [artículo 4, letra a), de las NTR sobre la información para la autorización15 ]. Las autoridades competentes también revisarán las posiciones financieras (por ejemplo, basándose en el balance), el riesgo (por ejemplo, basándose en el importe de la exposición total al riesgo, «TREA», u otras medidas de riesgo) o las limitaciones organizativas o estatutarias.


15 El artículo 4, letra a), de las NTR sobre la información para la autorización establece que en la solicitud se expondrá «información sobre las previsiones de la entidad de crédito solicitante a nivel individual y, en su caso, a nivel de grupo consolidado y subconsolidado (indicando la parte que representa la entidad de crédito), al menos en un caso base y en un escenario adverso, como: [...]».

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito
  • EBA - Published by the European Banking Authority at https://www.eba.europa.eu/