+27. Las autoridades competentes velarán por que los resultados de la evaluación: a. se reflejen en …
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27. Las autoridades competentes velarán por que los resultados de la evaluación: a. se reflejen en …
Las autoridades competentes velarán por que los resultados de la evaluación: - a. se reflejen en la puntuación asignada a la viabilidad general de la empresa de servicios de inversión, de conformidad con las orientaciones proporcionadas en el título 10;
- b. estén claramente documentados en un resumen de la evaluación global del PRES que incluya las puntuaciones del PRES asignadas (global y para los elementos individuales) y los resultados de supervisión obtenidos desde la última evaluación, y
- c. constituyan la base para determinar en el marco de la supervisión si se puede considerar que la empresa de servicios de inversión es «inviable o es probable que lo vaya a ser»; en el caso de las empresas de servicios de inversión sujetas a la Directiva 2014/59/UE, esta determinación se realizará de conformidad con el artículo 32 de dicha Directiva, teniendo también en cuenta las Directrices de la ABE sobre entidades inviables o que es probable que lo vayan a ser9 .
9 Directrices de la ABE sobre la interpretación de las distintas circunstancias en las que se considera que una entidad es inviable o es probable que lo vaya a ser de conformidad con el artículo 32, apartado 6, de la Directiva 2014/59/UE (EBA/GL/2015/07). 10 2.1.5 Diálogo con las empresas de servicios de inversión, aplicación de las medidas de supervisión y comunicación de resultados
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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