+422. Las autoridades competentes debatirán y coordinarán lo siguiente dentro del marco de los …

422. Las autoridades competentes debatirán y coordinarán lo siguiente dentro del marco de los …

Las autoridades competentes debatirán y coordinarán lo siguiente dentro del marco de los colegios de supervisores:

  • a. planificación, incluida la frecuencia, y plazos para realizar la evaluación de los distintos elementos del PRES para el grupo consolidado;
  • b. detalles de la aplicación de estimaciones de referencia usadas para la evaluación de los elementos del PRES;
  • c. método para evaluar y puntuar las subcategorías de riesgos de forma individual, cuando las mismas se hayan identificado como materiales;
  • d. información requerida de la empresa de servicios de inversión a nivel consolidado y de empresa para evaluar los elementos del PRES;

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  • e. resultados de la evaluación, incluidas las puntuaciones del PRES asignadas a los distintos elementos, y la evaluación y puntuación globales del PRES a nivel consolidado y de entidad. Al analizar la evaluación de los riesgos individuales para el capital y de liquidez, las autoridades competentes se centrarán en los riesgos que se han identificado como materiales para las respectivas entidades;
  • f. implicaciones prudenciales transfronterizas de los riesgos y preocupaciones en materia de BC/FT; y
  • g. medidas de supervisión y de actuación temprana planificadas, en su caso.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito
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