+48. Para apoyar a las autoridades de resolución en su evaluación según el apartado anterior, las …
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48. Para apoyar a las autoridades de resolución en su evaluación según el apartado anterior, las …
Para apoyar a las autoridades de resolución en su evaluación según el apartado anterior, las entidades, basándose en las características legales de los elementos del perímetro de transferencia, analizarán e informarán a las autoridades de resolución sobre la viabilidad/credibilidad de: - - un acuerdo confirmatorio firmado por la entidad objeto de resolución en el que se reconozca la transferencia al adquirente (ya sea el comprador, la entidad puente o la sociedad de gestión de activos) en el que se acredite la transferencia en los términos y condiciones establecidos por la autoridad de resolución (en consonancia con el artículo 67, apartado 1, letra a), de la Directiva 2014/59/UE);
- - cláusulas de resiliencia a la resolución en los contratos para reconocer e informar a la contraparte de que el contrato podrá estar sujeto al ejercicio de las competencias de resolución (en consonancia con el artículo 67, apartado 1, letra a), de la Directiva 2014/59/UE);
- - la transferencia de los elementos regulados por la legislación de un tercer país a una entidad ad hoc (como una entidad con cometido especial) con arreglo a la legislación aplicable nacional, transmitiendo los instrumentos de propiedad de la entidad como parte del perímetro de transferencia.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
| Fuente |
Requisito |
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