+48. Para apoyar a las autoridades de resolución en su evaluación según el apartado anterior, las …

48. Para apoyar a las autoridades de resolución en su evaluación según el apartado anterior, las …

Para apoyar a las autoridades de resolución en su evaluación según el apartado anterior, las entidades, basándose en las características legales de los elementos del perímetro de transferencia, analizarán e informarán a las autoridades de resolución sobre la viabilidad/credibilidad de:

  • - un acuerdo confirmatorio firmado por la entidad objeto de resolución en el que se reconozca la transferencia al adquirente (ya sea el comprador, la entidad puente o la sociedad de gestión de activos) en el que se acredite la transferencia en los términos y condiciones establecidos por la autoridad de resolución (en consonancia con el artículo 67, apartado 1, letra a), de la Directiva 2014/59/UE);
  • - cláusulas de resiliencia a la resolución en los contratos para reconocer e informar a la contraparte de que el contrato podrá estar sujeto al ejercicio de las competencias de resolución (en consonancia con el artículo 67, apartado 1, letra a), de la Directiva 2014/59/UE);
  • - la transferencia de los elementos regulados por la legislación de un tercer país a una entidad ad hoc (como una entidad con cometido especial) con arreglo a la legislación aplicable nacional, transmitiendo los instrumentos de propiedad de la entidad como parte del perímetro de transferencia.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito
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