+20. La autoridad competente, en colaboración con la autoridad designada, podrá permitir al SGD …

20. La autoridad competente, en colaboración con la autoridad designada, podrá permitir al SGD …

La autoridad competente, en colaboración con la autoridad designada, podrá permitir al SGD establecer un nivel objetivo periódico inferior al mínimo exigido en virtud del apartado 16 cuando llegue a la conclusión de que la aplicación de un nivel objetivo periódico inferior cumple las condiciones establecidas en el artículo 10, apartado 2, párrafo 4, de la DSGD, y no da lugar a que el SGD infrinja el requisito de cumplir el nivel objetivo mínimo en el plazo establecido en el artículo 10, apartado 2, de la DSGD. Al permitir que el SGD fije un nivel objetivo periódico más bajo, la autoridad competente, en colaboración con la autoridad designada, podrá tener en cuenta la evolución prevista de los depósitos cubiertos agregados de las entidades adheridas.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito
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