+8. Calidad de la información
---+43. Antes de presentar los datos a sus autoridades competentes, las entidades y las empresas de …
---+44. Cuando así lo requiera la ABE, las autoridades competentes facilitarán en lo que resulte …
---+45. Para realizar los controles de calidad de la información, las autoridades competentes …
---+46. Al presentar la información del ejercicio de comparación sobre las prácticas en favor de la …

8. Calidad de la información

8. Calidad de la información

1. Resumen

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Título Regulación
43. Antes de presentar los datos a sus autoridades competentes, las entidades y las empresas de …

Antes de presentar los datos a sus autoridades competentes, las entidades y las empresas de servicios de inversión comprobarán la integridad y la verosimilitud de los datos y realizarán las correcciones necesarias. Lo mismo se aplicará respecto de las autoridades competentes antes de presentar los datos a la ABE.

44. Cuando así lo requiera la ABE, las autoridades competentes facilitarán en lo que resulte …

Cuando así lo requiera la ABE, las autoridades competentes facilitarán en lo que resulte necesario y lo antes posible, la información corregida o explicaciones sobre cualquier información poco verosímil.

45. Para realizar los controles de calidad de la información, las autoridades competentes …

Para realizar los controles de calidad de la información, las autoridades competentes verificarán:

  • a. que los modelos se cumplimenten íntegramente y en base individual;
  • b. que se haya indicado correctamente el sistema de gobierno;
  • c. la correcta selección de la categoría de tamaño por parte de la entidad;
  • d. la correcta categorización de la entidad como «significativa» o no «significativa»; y
  • e. que el número de miembros del órgano de dirección sea verosímil, teniendo en cuenta que los datos se facilitarán en base individual.
46. Al presentar la información del ejercicio de comparación sobre las prácticas en favor de la …

Al presentar la información del ejercicio de comparación sobre las prácticas en favor de la diversidad a la ABE, las autoridades competentes se asegurarán, asimismo, del cumplimiento de lo dispuesto en EBA/DC/335, de 5 de junio de 2020, sobre EUCLID («Decisión EUCLID»)4 , en su versión modificada, y facilitarán a las entidades y las empresas de servicios de inversión cualesquiera especificaciones técnicas necesarias para el cumplimiento continuado de la Decisión EUCLID.


4 https://www.eba.europa.eu/sites/default/documents/files/document_library/Risk%20Analysis%20and%20Data/Report ing%20by%20Authorities/885459/Decision%20on%20the%20European%20Centralised%20Infrastructure%20of%20Dat a%20%28EUCLID%29.pdf

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito
  • EBA - Published by the European Banking Authority at https://www.eba.europa.eu/