+25. La directriz 9.16 se sustituye por el texto siguiente: «9.16 Cuando el cliente de una entidad …
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25. La directriz 9.16 se sustituye por el texto siguiente: «9.16 Cuando el cliente de una entidad …
La directriz 9.16 se sustituye por el texto siguiente: «9.16 Cuando el cliente de una entidad de crédito abre una «cuenta agrupada/omnibus» con el fin de administrar fondos o criptoactivos que pertenecen a los clientes del cliente, la entidad aplicará todas las medidas de DDC, incluido el tratamiento de los clientes del cliente como titulares reales de los fondos depositados en la cuenta agrupada y la comprobación de sus identidades.»
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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