+41. Los emisores describirán en el plan de recuperación que, cuando decidan tomar medidas de …

41. Los emisores describirán en el plan de recuperación que, cuando decidan tomar medidas de …

Los emisores describirán en el plan de recuperación que, cuando decidan tomar medidas de conformidad con dicho plan, se facilitará a la autoridad competente, sin demora injustificada, un plan de acción basado en una lista de opciones de recuperación creíbles y viables que se utilizarán en tal situación de tensión, junto con un calendario para subsanar el incumplimiento. El plan de recuperación establecerá además que, si se decide no tomar medidas, se proporcionará una explicación a la autoridad competente en la que se expongan claramente los motivos y, en su caso, se demuestre cómo pueden restablecerse determinados tipos de indicadores y subsanarse sus incumplimientos sin recurrir a medidas de recuperación.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito
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