+76. Como parte de su gestión de los riesgos de conducta, de litigio y reputacionales, las entidades …

76. Como parte de su gestión de los riesgos de conducta, de litigio y reputacionales, las entidades …

Como parte de su gestión de los riesgos de conducta, de litigio y reputacionales, las entidades contarán con procesos sólidos para identificar, prevenir y gestionar los riesgos resultantes del blanqueo ecológico (“greenwashing”) o de las prácticas de greenwashing percibidas, teniendo en cuenta los principios de alto nivel de las AES establecidos en la sección 2.1 del informe final de la ABE sobre el seguimiento y la supervisión del blanqueo ecológico16 . A este fin, las enti-dades adoptarán todas las medidas necesarias para garantizar que la comunicación relacio-nada con la sostenibilidad sea justa, clara y no engañosa, y que las declaraciones de sosteni-bilidad sean precisas, estén fundamentadas y actualizadas, proporcionen una imagen fiel del perfil general de la entidad o del perfil del producto, y se presenten de una forma que resulte fácil de entender. Esto debería hacerse tanto a nivel de la entidad (por ejemplo, en relación con los compromisos de sostenibilidad, incluidos los objetivos a futuro) como a nivel del pro-ducto o de la actividad (por ejemplo, en relación con los productos y las actividades comer-cializados como sostenibles), incluso mediante el seguimiento de los desarrollos jurídicos, las prácticas de mercado y las controversias en torno a las supuestas prácticas de blanqueo eco-lógico. 5.6.5. Riesgo de concentración


16 Informe final de la ABE sobre el seguimiento y la supervisión del blanqueo ecológico (EBA/REP/2024/09).

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito
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