+24. Para las exposiciones AUE mencionadas en el apartado 22, el importe adecuado de capital …

24. Para las exposiciones AUE mencionadas en el apartado 22, el importe adecuado de capital …

Para las exposiciones AUE mencionadas en el apartado 22, el importe adecuado de capital aportado por el deudor a efectos del artículo 126 bis , apartado 2, letra b), del RRC se establecerá de acuerdo con los requisitos de los apartados 19 a 21 de las presentes Directrices, con el siguiente ajuste:

  • a. [Reducción del umbral de capital]: la ratio entre el importe de capital aportado por el deudor y el valor del inmueble residencial una vez finalizado a que se refiere el apartado 19 será igual o superior al 20 %.
  • b. [Permitir los subsidios y subvenciones comprometidos con el deudor]: Los subsidios y subvenciones mencionados en el apartado 20, letra b), también incluyen los subsidios y subvenciones comprometidos con el deudor para cubrir los costes incurridos del proyecto, incluidos los subsidios comprometidos en forma de fondos derivados de préstamos subordinados no garantizados con respaldo estatal y con tipos de interés preferenciales, calculados en la moneda de financiación del deudor y en el momento de calcular los requisitos de capital.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito
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