+19. El apartado 55 se sustituye por el texto siguiente: «55. Cuando cualquiera de las …

19. El apartado 55 se sustituye por el texto siguiente: «55. Cuando cualquiera de las …

El apartado 55 se sustituye por el texto siguiente:

«55. Cuando cualquiera de las modificaciones del calendario de obligaciones crediticias mencionadas en el artículo 178, apartado 2, letra e), del Reglamento (UE) n.º 575/2013 sea consecuencia de las dificultades financieras de un deudor, las entidades también deberán evaluar si se ha concedido una medida de reestructuración o refinanciación y si hay un indicador de probable impago.»

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito
  • EBA - Published by the European Banking Authority at https://www.eba.europa.eu/