+18. Las autoridades competentes y otras personas a las que se dirigen estas directrices …

18. Las autoridades competentes y otras personas a las que se dirigen estas directrices …

Las autoridades competentes y otras personas a las que se dirigen estas directrices determinarán si existe una representación digital de un valor o derecho, ya que estos son los atributos necesarios de un criptoactivo, tal como se define en el artículo 3, apartado 1, punto 5, del Reglamento (UE) 2023/1114. Los términos «valor» y «derecho» se interpretarán en sentido amplio, de conformidad con el considerando (2) de dicho Reglamento. Los criptoactivos sin valor intrínseco, pero con un valor que les ha sido atribuido por el vendedor/comprador o por los participantes en el mercado4 , se tratarán como representaciones digitales de valor.


4 Por ejemplo, las fichas como bitcoin y las denominadas «meme coins» negociadas en plataformas de intercambio con precios públicos.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito
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