+Requisitos de notificación

Requisitos de notificación

De conformidad con el artículo 16, apartado 3, de los Reglamentos de las AES, las autoridades competentes deberán notificar a la AES respectiva, a más tardar el 19.05.2025 (dos meses después de su emisión), si cumplen o se proponen cumplir las presentes Directrices o Recomendaciones conjuntas indicando, en caso negativo, los motivos para no cumplirlas. A falta de notificación en dicho plazo, la AES respectiva considerará que las autoridades competentes no las cumplen. Las notificaciones se enviarán a compliance@eba.europa.eu, compliance@eiopa.europa.eu y DORA@esma.europa.eu con la referencia «JC/GL/2024/34». En los sitios web de las AES se encuentra disponible un modelo para estas notificaciones. Las notificaciones serán presentadas por personas debidamente facultadas para comunicar el cumplimiento en nombre de las respectivas autoridades competentes. Las notificaciones se publicarán en los sitios web de las AES, tal como contempla el artículo 16, apartado 3.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito
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