+Artículo 19 4.

Artículo 19 4.

Los importadores indicarán su nombre, nombre comercial registrado o marca registrada, su dirección postal, su dirección de correo electrónico u otros datos de contacto digitales y, en su caso, el sitio web en el que se les puede contactar en el producto con elementos digitales, en su embalaje o en un documento que acompañe al producto con elementos digitales. Los datos de contacto figurarán en una lengua fácilmente comprensible para los usuarios finales y las autoridades de vigilancia del mercado.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito