+Artículo 47 2.

Artículo 47 2.

Las evaluaciones de la conformidad se llevarán a cabo de manera proporcionada, evitando imponer cargas innecesarias a los operadores económicos. Los organismos de evaluación de la conformidad llevarán a cabo sus actividades teniendo debidamente en cuenta el tamaño de las empresas, en particular por lo que respecta a las microempresas y a las pequeñas y medianas empresas, el sector en que operan, su estructura, su grado de complejidad y el nivel de riesgo de ciberseguridad del producto con elementos digitales y de la tecnología de que se trate y del carácter masivo o en serie del proceso de producción.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito