+Artículo 169 3.

Artículo 169 3.

Cuando una entidad utilice estimaciones directas de parámetros de riesgo para determinados deudores o exposiciones, esas estimaciones podrán considerarse como estimaciones asignadas a una graduación en una escala continua de calificación.

La ABE emitirá directrices, de conformidad con el artículo 16 del Reglamento (UE) n.o 1093/2010, sobre cómo aplicar en la práctica los requisitos relativos al diseño de modelos, la cuantificación del riesgo, la validación y la aplicación de parámetros de riesgo utilizando escalas de calificación continuas o muy granulares para cada parámetro de riesgo.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito