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+Artículo 261 2. |
Artículo 261 2.A efectos del apartado 1, el valor KA se calculará como sigue:
donde: KSA es la exigencia de capital para el conjunto subyacente, tal como se define en el artículo 255, W es el cociente entre:
a)
la suma del importe nominal de las exposiciones subyacentes en situación de impago y
b)
la suma del importe nominal de todas las exposiciones subyacentes. A estos efectos, se entenderá por exposición en situación de impago cualquier exposición subyacente que esté: i) en mora desde hace más de 90 días; ii) sujeta a procedimiento concursal o de quiebra; iii) sujeta a ejecución hipotecaria o procedimiento similar; o iv) en situación de impago según lo estipulado en la documentación de la titulización. Cuando la entidad desconozca la situación de morosidad del 5 % o menos de las exposiciones subyacentes del conjunto, podrá utilizar el método SEC-SA realizando el ajuste siguiente en el cálculo de KA: Cuando la entidad desconozca la situación de morosidad de más del 5 % de las exposiciones subyacentes del conjunto, la posición de titulización estará sujeta a una ponderación de riesgo del 1 250 %. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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