+Artículo 325bis septvicies 2.

Artículo 325bis septvicies 2.

Una vez hayan comprobado que las entidades cumplen los requisitos establecidos en los artículos 325 ter nonies, 325 ter decies y 325 ter undecies, las autoridades competentes las autorizarán a calcular sus requisitos de fondos propios para la cartera de todas las posiciones atribuidas a mesas de negociación mediante la utilización de sus modelos internos alternativos de conformidad con el artículo 325 ter bis, siempre que se cumpla la totalidad de los requisitos siguientes:

a) 

que las mesas de negociación se hayan establecido de conformidad con el artículo 104 ter;

▼C12

b) 

que la entidad haya ofrecido a la autoridad competente una justificación de la inclusión de las mesas de negociación en el ámbito de aplicación del método alternativo de modelos internos;

▼M17

c) 

que las mesas de negociación hayan satisfecho los requisitos relativos a las pruebas retrospectivas a que se refiere el artículo 325 ter septies, apartado 3;

d) 

que las mesas de negociación hayan satisfecho los requisitos de atribución de pérdidas y ganancias a que se refiere el artículo 325 ter octies;

▼M8

e) 

que las mesas de negociación a las que se haya asignado al menos una de las posiciones de la cartera de negociación a que se refiere el artículo 325 ter terdecies cumplan los requisitos establecidos en el artículo 325 ter quaterdecies en relación con el modelo interno para el riesgo de impago;

f) 

que no se hayan asignado a las mesas de negociación posiciones de titulización o de retitulización;

▼M17

g) 

que no se hayan asignado a las mesas de negociación posiciones en OIC que cumplan la condición establecida en el artículo 104, apartado 8, letra b).

A los efectos de lo dispuesto en la letra b) del párrafo primero del presente apartado, no incluir una mesa de negociación en el ámbito de aplicación del método alternativo de modelos internos no vendrá motivado por el hecho de que el requisito de fondos propios calculado con arreglo al método estándar alternativo que figura en el artículo 325, apartado 3, letra a), sería inferior al requisito de fondos propios calculado con arreglo al método alternativo de modelos internos.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito