A efectos del apartado 7, el valor total de los activos de la entidad de crédito menos significativa y la sucursal menos significativa se determinará en función de la información prudencial conforme a la legislación aplicable. Si el valor total de los activos de una entidad de crédito menos significativa no puede determinarse en función de la información prudencial, se determinará en función de las últimas cuentas anuales auditadas, y, si no se dispone de estas, en función de las cuentas anuales preparadas de conformidad con la legislación contable nacional aplicable. Si el valor total de los activos de una sucursal menos significativa no puede determinarse en función de la información prudencial, se determinará en función de los datos estadísticos presentados conforme al Reglamento (UE) n.
o 1071/2013 del Banco Central Europeo (
2
).