+Artículo 60 2.

Artículo 60 2.

A más tardar el 31 de diciembre de 2020, la Comisión presentará un informe al Parlamento Europeo y al Consejo relativo a:

a) 

la evaluación del potencial de una mayor reducción de las emisiones de contaminantes basada en las tecnologías disponibles y en un análisis de la relación coste/beneficio.

En particular, para los motores de las categorías IWP e IWA, la evaluación de la viabilidad tecnológica y económica de:

i) 

una mayor reducción del valor límite de emisiones con respecto al PN y a las emisiones de NOx,

ii) 

una mayor reducción del factor A para los motores alimentados total o parcialmente con combustibles gaseosos en el marco de un funcionamiento neutro desde el punto de vista climático en comparación con los motores alimentados con diésel, y

iii) 

la inclusión de valores límite de PN en las categorías de motores para las que no se han fijado valores en el anexo II del presente Reglamento;

b) 

la identificación de tipos de contaminantes potencialmente importantes que no entran en el ámbito de aplicación del presente Reglamento.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito