1. El acuerdo contractual dispondrá que el proveedor tercero de servicios de TIC informará a la entidad financiera de cualquier cambio sustancial previsto en sus acuerdos de subcontratación con tiempo suficiente para que la entidad financiera pueda evaluar:
|
a)
|
las repercusiones de dichos cambios en los riesgos a los que está o pueda estar expuesta;
|
|
b)
|
si dichos cambios sustanciales pueden afectar a la capacidad del proveedor tercero de servicios de TIC para cumplir sus obligaciones contractuales con la entidad financiera.
|