+39. Los acuerdos de cooperación establecerán el proceso para el reembolso de saldos transitorios …
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39. Los acuerdos de cooperación establecerán el proceso para el reembolso de saldos transitorios …
Los acuerdos de cooperación establecerán el proceso para el reembolso de saldos transitorios elevados por parte del SGD de acogida, cuya secuencia será la siguiente: - a. Los depositantes presentan reclamaciones al SGD de acogida o al de origen.
- b. En aquellos casos en los que las reclamaciones se dirijan al SGD de acogida, este las remitirá al SGD de origen.
- c. En aquellos casos en los que las reclamaciones se dirijan al SGD de origen, o este las reciba del SGD de acogida, el SGD de origen verificará las reclamaciones. EL SGD de acogida prestará la asistencia necesaria, por ejemplo para resolver problemas de idioma o cuestiones jurídicas derivadas de la legislación aplicable en su jurisdicción.
- d. Tras la verificación de las reclamaciones, el SGD de origen enviará la información necesaria sobre los depósitos, los depositantes y los fondos al SGD de acogida, ya sea en un paquete junto con otras reclamaciones (si este se remite dentro de un plazo razonable) o de forma individualizada.
- e. El SGD de acogida realizará los reembolsos a los depositantes.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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