+Transferencia significativa del riesgo
---+17. Al evaluar una operación de acuerdo con el artículo 248 del Reglamento (UE) n.º 575/2013, toda …
---+18. Se considerará que una operación invalida las condiciones para la transferencia significativa …

Transferencia significativa del riesgo

Transferencia significativa del riesgo

1. Resumen

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Título Regulación
17. Al evaluar una operación de acuerdo con el artículo 248 del Reglamento (UE) n.º 575/2013, toda …

Al evaluar una operación de acuerdo con el artículo 248 del Reglamento (UE) n.º 575/2013, toda evaluación de si se siguen cumpliendo las condiciones para la transferencia significativa del riesgo según lo establecido en el artículo 243 o, en su caso, el artículo 244 de dicho Reglamento, se llevará a cabo de acuerdo con las presentes directrices y con las Directrices EBA/GL/2014/05 sobre la transferencia significativa del riesgo.

18. Se considerará que una operación invalida las condiciones para la transferencia significativa …

Se considerará que una operación invalida las condiciones para la transferencia significativa del riesgo si, como resultado de la operación, la reducción de las exposiciones ponderadas por riesgo conseguida inicialmente por la entidad originadora ya no está justificada por una transferencia acorde del riesgo de crédito a terceros. Los parámetros objeto de consideración incluirán:

  • a) el riesgo de crédito de la entidad originadora después de realizar la operación; y
  • b) la medida en la que la situación de capital o de liquidez de la entidad originadora se ve afectada por la operación.

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito
  • EBA - Published by the European Banking Authority at https://www.eba.europa.eu/