+4. De conformidad con el artículo 48, apartado 3, de la Directiva 2014/59/UE, antes de aplicar la …

4. De conformidad con el artículo 48, apartado 3, de la Directiva 2014/59/UE, antes de aplicar la …

De conformidad con el artículo 48, apartado 3, de la Directiva 2014/59/UE, antes de aplicar la competencia de amortización o conversión a otros pasivos admisibles o pasivos de igual rango, las autoridades de resolución convertirán o reducirán el importe principal de los instrumentos AT1 y T2 y de otros pasivos subordinados, cuando dichos instrumentos todavía no hayan sido convertidos y sus condiciones establezcan: (a) que el importe principal del instrumento debe reducirse al producirse cualquier circunstancia referente a la situación financiera, la solvencia o los niveles de fondos propios de la entidad; o (b) la conversión de los instrumentos en acciones u otros instrumentos de capital en las circunstancias anteriormente citadas.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito
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