+86. En el caso excepcional de que la tasa de default media a largo plazo esté por debajo de la …

86. En el caso excepcional de que la tasa de default media a largo plazo esté por debajo de la …

En el caso excepcional de que la tasa de default media a largo plazo esté por debajo de la media de todas las tasas de default a un año observadas debido a cualquier ajuste aplicado conforme al párrafo 85, las entidades compararán sus tasas de default medias a largo plazo ajustadas con el mayor valor de los siguientes:

  • (a) la media observada de las tasas de default a un año de los últimos cinco años;
  • (b) la media observada de todas las tasas de default a un año disponibles.

Las entidades justificarán la dirección y magnitud del ajuste, incluida la idoneidad del MoC considerado, en línea con lo exigido en el artículo 49, apartado 4, letra b), de las NTR sobre la metodología de valoración del método IRB y en la sección 4.4. Además, en el caso de que la tasa de default media a largo plazo ajustada sea inferior al mayor valor de los dos a los que se hace referencia en los puntos (a) y (b), justificarán específicamente el motivo por el que estos dos valores no son adecuados.

5.3.5 Calibración de la tasa de default media a largo plazo

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito
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