| Garantías adicionales | Obtención de nuevas cargas sobre activos no gravados como garantía adicional del prestatario para compensar la mayor exposición al riesgo y en el marco del proceso de reestructuración. | Esta medida no constituye una medida de refinanciación o reestructuración viable por sí sola, pues no resuelve la existencia de importes atrasados en un préstamo. Su finalidad suele ser mejorar o curar los compromisos relativos a la relación préstamo/valor de la garantía (LTV). Las garantías adicionales pueden tomar diversas formas, como la pignoración de un depósito de efectivo, la cesión de cuentas a cobrar o una nueva hipoteca o hipoteca adicional sobre un inmueble. Las entidades valorarán cuidadosamente las segundas y terceras cargas, así como las garantías personales. |