+25. Tal como se indica en las Directrices de la ABE sobre gobierno interno en relación con la …

25. Tal como se indica en las Directrices de la ABE sobre gobierno interno en relación con la …

Tal como se indica en las Directrices de la ABE sobre gobierno interno en relación con la concesión de créditos, el órgano de administración deberá:

  • a. aprobar la estrategia de la entidad con respecto al riesgo crediticio, en el marco de la estrategia general de riesgos y la estrategia de negocio, con el fin de garantizar que todas ellas estén en consonancia con el marco de apetito al riesgo (RAF) y la planificación del capital y de la liquidez de la entidad, así como con el proceso de evaluación de la adecuación del capital interno (ICAAP) y con el proceso de evaluación de la adecuación de la liquidez interna (ILAAP), cuando proceda;
  • b. definir el apetito al riesgo de crédito en el marco del RAF general, incluidos los criterios de concesión de créditos, las condiciones cualitativas, los indicadores y límites cuantitativos y los umbrales para elevar los asuntos a niveles superiores, sin sesgos por los resultados;
  • c. aprobar el marco del proceso de aprobación de créditos, incluyendo, cuando proceda, las estructuras internas de concesión y seguimiento de créditos, y definiendo las personas con facultades delegadas para la toma de decisiones;
  • d. garantizar una supervisión eficaz de la calidad del riesgo de crédito, en particular en el momento de la concesión, y la dotación de provisiones;
  • e. garantizar la aplicación de procesos adecuados de aprobación, seguimiento y control de créditos para asegurar una eficaz gestión del riesgo de crédito;
  • f. garantizar que todo el personal involucrado en la asunción de riesgo de crédito y en la gestión, seguimiento y control del riesgo de crédito cuente con la cualificación, los recursos y la experiencia adecuados;
  • g. definir, aprobar y supervisar la aplicación de la cultura de riesgo, los valores fundamentales y las expectativas de la entidad con respecto al riesgo de crédito;
  • h. garantizar que el marco de remuneración, incluido cualquier objetivo de rendimiento, y el marco de evaluación del desempeño para los responsables de las decisiones de crédito que sean miembros del personal identificado estén en todo momento en consonancia con el riesgo crediticio y con el apetito al riesgo de crédito.

4.1.2 Cultura de riesgo de crédito

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito
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