+202. Las entidades tendrán en cuenta, y reflejarán en los precios de sus préstamos, todos los …

202. Las entidades tendrán en cuenta, y reflejarán en los precios de sus préstamos, todos los …

Las entidades tendrán en cuenta, y reflejarán en los precios de sus préstamos, todos los costes pertinentes hasta la siguiente fecha de revisión del precio o vencimiento. Dichos costes incluirán:

  • a. el coste del capital (considerando tanto el capital regulatorio como el capital económico), que debe obtenerse a partir de la asignación del capital de acuerdo con los desgloses establecidos, p. ej., región geográfica, línea de negocio y producto;
  • b. el coste de la financiación, que debe ser acorde con las características fundamentales del préstamo, p. ej., su duración prevista, teniendo en cuenta no solo los términos contractuales sino también determinadas hipótesis conductuales, como el riesgo de amortización anticipada;
  • c. los costes de administración y explotación, que deben obtenerse a partir de la imputación de costes;
  • d. los costes asociados al riesgo crediticio, calculados para diferentes grupos de riesgo homogéneos teniendo en cuenta la experiencia histórica de reconocimiento de pérdidas derivadas del riesgo de crédito y, cuando proceda, utilizando modelos de cálculo de pérdidas esperadas;
  • e. cualquier otro coste real asociado al préstamo en cuestión, incluidas las consideraciones tributarias, cuando proceda;
  • f. la competencia y las condiciones predominantes en el mercado en determinados segmentos de préstamo y para productos de préstamo específicos.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito
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