+186. A los efectos del artículo 14, apartado 2, de la DRC , las autoridades competentes evaluarán …

186. A los efectos del artículo 14, apartado 2, de la DRC , las autoridades competentes evaluarán …

A los efectos del artículo 14, apartado 2, de la DRC57 , las autoridades competentes evaluarán el cumplimiento de los criterios establecidos en el artículo 23, apartado 1, de la DRC por parte de los accionistas y socios, tal como se especifica en las Directrices conjuntas de las AES sobre evaluación cautelar de las adquisiciones y de los incrementos de participaciones cualificadas en el sector financiero58 .


57 La disposición reza: «Las autoridades competentes denegarán la autorización para iniciar la actividad de entidad de crédito si, atendiendo a la necesidad de garantizar una gestión adecuada y prudente de la entidad de crédito, no estuvieran convencidas de la idoneidad de los accionistas o socios de acuerdo con los criterios establecidos en el artículo 23, apartado 1. Será de aplicación lo dispuesto en el artículo 23, apartados 2 y 3, y en el artículo 24».

58 JC/GL/2016/01 de 20 de diciembre de 2016, disponibles en https://esas-joint-committee.europa.eu/Publications/Guidelines/JC_QH_GLs_EN.pdf

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito
  • EBA - Published by the European Banking Authority at https://www.eba.europa.eu/