+15.5 Proporción mínima de instrumentos y su distribución en el tiempo
---+273. Cuando sea aplicable, las empresas de servicios de inversión aplicarán el requisito de pagar …
---+274. Las empresas de servicios de inversión priorizarán el uso de instrumentos en lugar de conceder …
---+275. La ratio de remuneración variable que se pague en instrumentos se calculará como el cociente …
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15.5 Proporción mínima de instrumentos y su distribución en el tiempo
15.5 Proporción mínima de instrumentos y su distribución en el tiempo
1. Resumen
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Regulación |
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273. Cuando sea aplicable, las empresas de servicios de inversión aplicarán el requisito de pagar …
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Cuando sea aplicable, las empresas de servicios de inversión aplicarán el requisito de pagar, de conformidad con el artículo 32, apartado 1, letra j), de la Directiva (UE) 2019/2034, como mínimo el 50 % de cualquier remuneración variable en instrumentos bien por igual a la parte no diferida y a la parte diferida, bien optando por conceder una parte más elevada de la parte diferida de la remuneración en instrumentos, siempre que se cumpla en total el requisito mínimo del 50 %.
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274. Las empresas de servicios de inversión priorizarán el uso de instrumentos en lugar de conceder …
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Las empresas de servicios de inversión priorizarán el uso de instrumentos en lugar de conceder remuneración variable en efectivo. Las empresas de servicios de inversión establecerán el porcentaje que se concede en instrumentos en al menos el 50 %. Cuando las empresas de servicios de inversión concedan una proporción superior al 50 % de la remuneración variable en instrumentos, darán prioridad a fijar un porcentaje mayor de instrumentos en la parte diferida del componente de remuneración variable.
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275. La ratio de remuneración variable que se pague en instrumentos se calculará como el cociente …
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La ratio de remuneración variable que se pague en instrumentos se calculará como el cociente entre el importe de la remuneración variable concedido en instrumentos y la suma de la remuneración variable concedida en efectivo, en instrumentos y en forma de otros beneficios. Todas las cantidades serán valoradas en el momento de la concesión, salvo que estas directrices indiquen lo contrario.
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1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
| Fuente |
Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
| Fuente |
Requisito |
- EBA - Published by the European Banking Authority at https://www.eba.europa.eu/
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