+121. Las autoridades competentes evaluarán si las empresas de servicios de inversión que no sean …

121. Las autoridades competentes evaluarán si las empresas de servicios de inversión que no sean …

Las autoridades competentes evaluarán si las empresas de servicios de inversión que no sean empresas de servicios de inversión pequeñas y no interconectadas conforme a lo dispuesto en el artículo 12 del Reglamento (UE) 2019/2033 o respecto de las cuales las autoridades competentes hayan ejercido la facultad discrecional prevista en el artículo 24, apartado 2, párrafo segundo, de la Directiva (UE) 2019/2034, a nivel individual, o los grupos de empresas de servicios de inversión, a nivel consolidado, disponen de sistemas, estrategias y procesos adecuados, eficaces y exhaustivos para evaluar y mantener de forma permanente los importes, los tipos y la distribución del capital interno y de los activos líquidos que consideran adecuados para cubrir la naturaleza y el nivel de los riesgos que estas empresas de servicios de inversión pueden suponer para terceros y a los que las propias empresas de servicios de inversión están o pueden estar expuestas. Estos sistemas, estrategias y procesos formarán parte de un proceso de evaluación de la adecuación del capital interno y del riesgo interno, que puede subdividirse a su vez en un proceso de evaluación de la adecuación del capital interno (ICAAP) y un proceso de evaluación de la adecuación de la liquidez interna (ILAAP).

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito
  • EBA - Published by the European Banking Authority at https://www.eba.europa.eu/