+148. Los puntos (a) a (c) del párrafo 147 son de aplicación para la evaluación de las empresas de …

148. Los puntos (a) a (c) del párrafo 147 son de aplicación para la evaluación de las empresas de …

Los puntos (a) a (c) del párrafo 147 son de aplicación para la evaluación de las empresas de servicios de inversión clasificadas en las categorías 1, 2 o 3, teniendo en cuenta el alcance de las actividades autorizadas a dichas empresas de servicios de inversión. Cuando proceda, las autoridades competentes podrán tener en cuenta los puntos a) y c) del párrafo 147 para la evaluación de las empresas de servicios de inversión pequeñas y no interconectadas que cumplan los criterios del artículo 12 del Reglamento (UE) 2019/2033, teniendo en cuenta la relevancia para estas empresas de servicios de inversión de determinadas subcategorías de los citados riesgos para el capital. Las autoridades 52 competentes evaluarán tanto la liquidación ordenada de una empresa de servicios de inversión como otros riesgos en el caso de las empresas de servicios de inversión sujetas al PRES.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito
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