+111. Con excepción de los ahorros regulados a los que se refiere el artículo 428 septies , apartado …
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111. Con excepción de los ahorros regulados a los que se refiere el artículo 428 septies , apartado …
Con excepción de los ahorros regulados a los que se refiere el artículo 428 septies , apartado 2, letra a), del RRC, pero sin limitarse a la parte centralizada, y de los que están sujetos a restricciones económicas o fiscales sustanciales en caso de retirada, la fecha de reprecio determinada por el comportamiento asumida para los depósitos minoristas y mayoristas de clientes no financieros y los depósitos operativos a los que se refiere el apartado 110, sin fechas específicas de reprecio (depósitos sin vencimiento), se limitará a una fecha de reprecio media ponderada máxima de 5 años. El límite máximo de 5 años se aplica al importe total (es decir, core y non-core ) de la cartera agregada de dichos depósitos y por separado para cada moneda.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
| Fuente |
Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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