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---+5. Las presentes directrices especifican cómo incluirán las entidades un resumen de su capacidad …

Objeto

Objeto

1. Resumen

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Título Regulación
5. Las presentes directrices especifican cómo incluirán las entidades un resumen de su capacidad …

Las presentes directrices especifican cómo incluirán las entidades un resumen de su capacidad global de recuperación en los planes de recuperación y de recuperación de grupo, de conformidad con los artículos 5 y 7 y el anexo, sección A, punto 1, de la Directiva 2014/59/UE2 y con el capítulo I, sección II, del Reglamento Delegado (UE) 2016/1075 de la Comisión3 , y cómo evaluarán las autoridades competentes la capacidad global de recuperación de las entidades en el contexto de la evaluación de los planes de recuperación y de recuperación de grupo, de conformidad con los artículos 6 y 8 de dicha Directiva y con el capítulo I, sección III, de dicho Reglamento Delegado de la Comisión.


2 Directiva 2014/59/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de mayo de 2014, por la que se establece un marco para la recuperación y la resolución de entidades de crédito y empresas de servicios de inversión, y por la que se modifican la Directiva 82/891/CEE del Consejo, y las Directivas 2001/24/CE, 2002/47/CE, 2004/25/CE, 2005/56/CE, 2007/36/CE, 2011/35/UE, 2012/30/UE y 2013/36/UE, y los Reglamentos (UE) n.º 1093/2010 y (UE) n.º 648/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 173 de 12.6.2014, p. 190).

3 Reglamento Delegado (UE) 2016/1075 de la Comisión, de 23 de marzo de 2016, que completa la Directiva 2014/59/UE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a las normas técnicas de regulación que especifican el contenido de los planes de recuperación, los planes de resolución y los planes de resolución de grupos, los criterios mínimos que la autoridad competente debe evaluar en lo que respecta a los planes de recuperación y planes de recuperación de grupos, las condiciones para la ayuda financiera de grupo, los requisitos relativos a los valoradores independientes, el reconocimiento contractual de las competencias de amortización y de conversión, el procedimiento en relación con los requisitos de notificación y el anuncio de suspensión y el contenido de los mismos, y el funcionamiento operativo de los colegios de autoridades de resolución (DO L 184 de 8.7.2016, p. 1).

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito
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