+34. En particular, las autoridades competentes evaluarán si los escenarios son suficientemente …
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34. En particular, las autoridades competentes evaluarán si los escenarios son suficientemente …
En particular, las autoridades competentes evaluarán si los escenarios son suficientemente severos con respecto a los criterios definidos en el apartado 20. En el caso excepcional contemplado en el apartado 21, las autoridades competentes evaluarán la explicación detallada facilitada por las entidades (para seguir considerando dicho escenario suficientemente severo) y decidirán si la severidad del escenario es suficiente teniendo en cuenta, entre otras cosas, el perfil de riesgo global de las entidades. En los casos en que las autoridades competentes consideren que el escenario previsto por las entidades no es lo suficientemente severo, podrían exigir a las entidades, cuando proceda, que realicen ajustes, entre ellos presentar un plan de recuperación revisado cuando se haya concluido que hay deficiencias materiales de conformidad con el artículo 6 de la Directiva 2014/59/UE. A la hora de evaluar la ORC, las autoridades competentes no tendrán en cuenta la «capacidad de recuperación específica por escenario» de las entidades que esté basada en dicho escenario.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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