+43. Para complementar su evaluación de la ORC, las autoridades competentes tendrán en cuenta …
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43. Para complementar su evaluación de la ORC, las autoridades competentes tendrán en cuenta …
Para complementar su evaluación de la ORC, las autoridades competentes tendrán en cuenta consideraciones cualitativas generales, que no se hayan reflejado ya en la «ORC ajustada», sobre el marco de ORC. Esto puede dar lugar a un ajuste al alza o a la baja del nivel de calificación indicativo conforme al apartado 41 por parte de las autoridades competentes cuando consideren que no sea plenamente representativo de la posición de ORC de las entidades, teniendo en cuenta, en particular, los siguientes elementos: - a. la diferencia entre la ORC determinada por las entidades y la «ORC ajustada» determinada por las autoridades competentes;
- b. la evidencia general o falta de experiencia anterior en la aplicación de opciones;
- c. la presencia o ausencia de cualquier medida preparatoria antes de la aplicación de las opciones;
- d. información adicional relacionada con el nivel de concentración, el plazo de aplicación, la viabilidad y credibilidad de las opciones de recuperación, así como el nivel de tensión aplicado por las entidades;
- e. la capacidad de las entidades en lo que respecta a la disponibilidad, calidad y agregación de datos, así como la gobernanza de las entidades en términos de grado de preparación para la gestión de crisis.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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